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Se reglamenta el uso de agrotóxicos en la ciudad

El miércoles 29 de junio, el intendente Raimundo recibió al Ingeniero
Agrónomo Rubén Cavo, Inspector de la Dirección General de Sanidad
Vegetal, área perteneciente al Ministerio de Producción del Gobierno de Santa
Fe.

El encuentro se realizó en el marco de la Ordenanza Nº 3027, complementaria
de la Ley Provincial Nº 11.273, que regula el uso de productos fitosanitarios
en la provincia de Santa Fe.

La mencionada ordenanza tiene como uno de sus objetivos (especificado en el Art. 1), “la protección de la salud humana, de los recursos naturales y la producción agrícola, incluida la post – cosecha, a través de la correcta y racional utilización de los productos fitosanitarios, como así también, evitar la contaminación de los alimentos y del medioambiente, promoviendo su correcto uso”.

Cabe destacar que el proyecto de la Ordenanza Nº 3027 ha sido llevado adelante conjuntamente por la Secretaría de Coordinación en la persona del Dr. Esteban Aricó y por la Subsecretaria de Medio Ambiente, Mónica
Patricelli.

La Ley provincial 11.273, requiere la sanción de una ordenanza que fije los límites agronómicos de aplicación de fitosanitarios o agro tóxicos y las distancias mínimas para realizarla.

Según lo explicó el intendente Leonardo Raimundo, a partir de la Ley
Provincial Nº 11273 hacía falta una norma local que fijara los límites agronómicos, es decir, establecer hasta dónde se pueden utilizar ciertos
biocidas.

“El municipio adolecía totalmente de este tipo de normativa y la provincia para poner en marcha su legislación nos solicitó armonizar la legislación local. En este sentido nos pusimos a trabajar con los responsables del área de Medioambiente y se entregó un proyecto dirigido al Concejo, en la persona del Dr. Eduardo Ros, su Presidente. Se le dio tratamiento en el cuerpo legislativo, se aprobó y hoy estamos notificando a las autoridades superiores de la provincia, la vigencia de esta ordenanza a los efectos que empezar a efectuar los controles y poder darle cumplimento”

De esta manera, la Ordenanza Nº 3027 establece pautas nuevas de manejo y prohíbe el uso de los productos fitosanitarios que están considerados peligrosos en cercanía al casco urbano de la ciudad y de todo espacio que implique aglomeración de la población. “Esto viene a poner a San Lorenzo al nivel de las ciudades que más modernidad tienen en materia de legislación ambiental, cuestión de la que carecía totalmente”, manifestó el intendente.

En el encuentro se hizo entrega, al Ing. Rubén Cavo, de una copia de la
Ordenanza Nº 3027 que fija los límites agronómicos dentro nuestra ciudad.
La legislación establece también la prohibición total de la utilización de los agro tóxicos clase 1 y 2 que son los de más alta toxicidad en todo el ejido municipal. Este tipo de agroquímicos están prohibidos ahora en nuestra ciudad
y la ordenanza reglamenta hasta dónde se puede fumigar con estos productos.
Como límites se instituyen el área urbana, el área complementaria y el área industrial, de allí, la aplicación se podrá efectuar a 500 metros. Se contempla además que los campos que utilicen agroquímicos y que limiten con la zona de protección deberán contar con una barrera forestal, necesariamente.

La Lic. Mónica Patricelli explicó que según lo establece la nueva ordenanza, el propietario del campo a fumigar deberá pedir con 96 horas de anticipación una autorización específica, allí se le darán todos los parámetros que deberá cumplir para que pueda realizar la aspersión y si puede o no realizarla según la ubicación del campo.

“El mensaje al productor es que siempre comunique a la autoridad local antes de utilizar los productos, primero que se interiorice de la ordenanza y luego pida la autorización, que nunca trabaje sin los requisitos”, manifestó el Ing.
Cavo.