El intendente Leonardo Raimundo junto a la Secretaria de Desarrollo Social y Promoción Comunitaria, Ana Bardallo, entregó en la mañana del lunes 26 de diciembre, 4 pensiones familias sanlorencinas con diferentes necesidades.
Tres de ellas corresponden al Artículo 4 de la Ley 5.110 referente a discapacidad y una por el Artículo 5 correspondiente a mamás solteras.
Según lo explicó Ana Bardallo, los trámites se realizan en dependencias de la Secretaría sita en Oroño 732 de nuestra ciudad, los días lunes, miércoles y viernes. De esta manera, se trabaja para poder darle una mejor atención a la gente, ya que los martes y jueves se preparan los expedientes. El trámite demora entre 5 y 6 meses. Además informó que se entregan en nuestra ciudad, entre 4 y 6 pensiones cada dos meses.
Las pensiones se gestionan ante el gobierno de la Provincia de Santa fe y ya se han beneficiado con estos aportes a 322 personas de San Lorenzo. “Tomamos un padrón con 32 personas, quiere decir que el resto se gestionó y otorgó en estos cuatro años de gestión. Las pensiones de mamás solteras se entregan mensualmente hasta que los chicos cumplen 18 años, las de discapacidad y vejez son de por vida”, manifestó la Secretaria de Desarrollo Social y Promoción Comunitaria.
El primer mandatario local expresó sus felicitaciones al personal de la mencionada repartición “que trabaja incansablemente para lograr los objetivos con la mayor celeridad posible”.
Acerca de la Ley 5.110
Los Aportes Sociales son fondos creados a efectos de atender los servicios asistenciales. Estos fondos se obtienen a través de porcentajes aplicados a los aportes patronales, a las comisiones de los rematadores de subastas judiciales, a la suma calculada en el primer premio de cada uno de los sorteos de la Lotería de Santa Fe, a las donaciones y legados particulares y a los aportes de Rentas Generales.
La Ley 5110 crea la Caja de Pensiones Sociales de la Provincia de Santa Fe que tiene por objeto prestar asistencia social mediante el otorgamiento de pensiones a los ancianos, inválidos, madres y menores indigentes, en las condiciones y circunstancias que se determinan en esta ley.